
23 Mar Información sobre la declaración de la renta en 2021
Hoy os queremos hablar sobre la declaración de la renta, y es que estamos a pocos días que comience la campaña para la presentación declaración de la Renta 2020. Aquí os indicaremos la información más importante que necesita todo contribuyente, como cuándo empieza, las fechas más destacadas y novedades de este año con respecto a los anteriores.
¿Quién debe presentar la declaración de la renta?
Deben presentar la declaración de la Renta aquellas personas que hayan percibido durante el año natural más de 22.000 euros de un único pagador. Sí deberán presentarlo quienes hayan superado los 12.643 de más de un pagador.
Fecha de inicio de la Campaña de la Renta y Patrimonio de 2020
Será a partir del miércoles 7 de abril de 2021, fecha en la cual se podrán realizar las declaraciones por Internet. A partir del 2 de junio y hasta el 30 de junio se puede presentar en las oficinas. Si deseáis realizar la declaración de forma presencial, tenéis que pedir cita previa desde el 27 de mayo directamente en la web de la Agencia Tributaria o en los números: 901 12 12 24 / 91 535 73 26 / 901 22 33 44 / 91 553 00 71. Se podrá pedir cita previa hasta el 29 de junio de 2021.
También existe la posibilidad de presentar la renta por teléfono, lo cual se ha podrá realizar a partir del 6 de mayo, pidiendo cita previa desde el 4 de mayo. Como veréis, los plazos de presentación en sede de la declaración de la renta 2020 este año serán bastante más tarde de lo que estábamos acostumbrados. En el menor número de días incide la necesidad de hacer la mayor cantidad de trámites de forma virtual por motivo de las medidas de prevención del Covid-19.
Final de la Campaña de la Renta y Patrimonio de 2020
Campaña de Renta 2020 finalizará el 30 de junio. En el caso de declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta será el 25 de junio. Quienes elijan fraccionamiento del pago de la declaración tendrán como fecha de segundo pago el 5 de noviembre.
Novedades para este año en la Campaña de la Renta 2020
- Están exentos de presentar la declaración de la Renta quienes hayan obtenido rendimientos brutos del trabajo inferiores a los 14.000 euros.
- Debido al coronavirus, los contribuyentes afectados por un ERTE deben declarar por IRPF si la suma de los rendimientos del trabajo no supera los 22.000 euros y «si el importe percibido del segundo y restantes pagadores no supera los 1.500 euros”
- Los trabajadores autónomos no deberán incluir la prestación extraordinaria por cese de actividad como un ingreso al no ser calificada como un rendimiento de trabajo.
- Todos los contribuyentes, podrán obtener el borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración (Renta WEB), tras aportar información que les será solicitada al efecto.