Asesoría legal: hablamos sobre los ERTE

Asesoría legal: hablamos sobre los ERTE

Información sobre los ERTE

Uno de los temas que más nos consultan en el área de asesoría legal en nuestra oficina de San Sebastián de los Reyes es el relacionado con los ERTE. En estos tiempos donde el Covid-19 ha obligado a tomar medidas de reducción y recorte de gastos dadas las limitaciones horarias y restricciones a las empresas, los ERTE están siendo una solución para los empresarios.

Pero… ¿sabéis qué es un ERTE y cómo llevarlo a cabo? En este artículo intentaremos resumirlo de forma rápida y sencilla.

¿Qué es un ERTE?

Un ERTE (por sus siglas expediente de regulación temporal de empleo) es la suspensión temporal del contrato de uno o varios trabajadores en una empresa. Esta suspensión no puede ser por causas arbitrarias, sino por motivos incluidos en el Artículo 57 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y descritos como «causas económicas, técnicas, organizativas o de producción».

¿Qué tipo de empleados pueden ser objeto de un ERTE?

Todos los empleados, pudiendo ser jornada completa o tiempo parcial. Igualmente, los ERTE no siempre son una suspensión total (que es lo que ha sucedido en la mayoría de los casos), sino que puede también expresarse como una reducción de horas en la jornada laboral.

¿Cuándo termina un ERTE?

Teniendo en cuenta que la empresa debe justificar con motivos de causa mayor la aplicación de un ERTE, se da por hecho que el tiempo que durará el mismo será la duración de la causa por la cual se ha tomado esta medida. Como ejemplo, se puede decir que durante el confinamiento por el Covid-19 en los meses de abril a junio 2020, muchas empresas realizaron el ERTE para esos meses específicos, volviendo a incorporar a los empleados una vez terminó dicho período y se permitió la vuelta a los centros de trabajo.

Recordad que en NIBAI Asesores contamos con un equipo profesional que os ayudará en todo lo relacionado con asesoría laboral, asesoría financiera e igualmente como gestoría para llevar a cabo todos los trámites administrativos y contables de autónomos, pequeñas y medianas empresas.

Características de los ERTE

Algunas de las características que tienen los ERTE en la actualidad en España incluyen…
• El gobierno asume las cuotas de la seguridad social y no la empresa
• Se debe demostrar que se ha detenido la actividad de la empresa al 100% y no de forma parcial
• El período de ERTE no se descontará a los meses de paro

¿Cuánto cobra un trabajador en un ERTE?

Un trabajador en ERTE cobra el 70% de la base reguladora durante los primeros seis meses del ERTE y a partir de ese momento cobrará el 50% de la base reguladora, con un máximo de 1.098 € para personas que no tengan hijos a su cargo, 1.298€ para personas que tienen un hijo a su cargo y 1.411€ para quien tenga 2 hijos a su cargo.

Estos pagos teóricamente deben recibirse del día 10 al 15 de cada mes siguiente al mes del devengo y el Servicio Público de Empleo (SEPE, el antiguo INEM), será el encargado de pagarle. En el caso de reducción de jornada, una parte la pagará la empresa y la otra parte la pagará el SEPE.

Aspectos legales para aplicar un ERTE

Una vez se comunica a los trabajadores de esta medida, hay un periodo de consultas que permite que los empleados se organicen para obtener información adicional. Pasada una semana después de la creación del comité de trabajadores, la empresa deberá decidir y/o notificar del ERTE. Si los empleados no están de acuerdo con el ERTE, tienen hasta 20 que son notificados para solicitar un arbitraje con el que pedir que sean restituidos a su puesto de trabajo.
En los ERTE de suspensión total, los empleados no tienen la obligación de trabajar para la empresa ni en la sede ni tampoco desde sus casas.

Estamos a vuestra disposición para proporcionarle toda la información sobre aspectos laborales relacionados con los ERTE, así como servicios laborales para su empresa. En los siguientes días ampliaremos información sobre los ERTE, ya que nos habéis hecho muchas consultas recientemente y queremos ampliar la información para cubrir todas vuestras dudas.

Muchas gracias por visitar nuestro blog. Si desea conocer más servicios de Asesoría Laboral, pinche aquí.

 

 



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